Los testamentos otorgados durante una causa de inhabilidad son nulos, aunque dicha causa desaparezca posteriormente.
ARTíCULO 1006 (DEL ART. 2) Art. 1006. El testamento otorgado durante la existencia de cualquiera de las causas de inhabilidad expresadas en el artículo precedente es nulo, aunque posteriormente deje de existir la causa. Y por el contrario, el testamento válido no deja de serlo por el hecho de sobrevenir después alguna de estas causas de inhabilidad. TESTAMENTO INHABILIDAD OTORGADO NULO EXISTENCIA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo refuerza la importancia de la capacidad mental al momento de otorgar un testamento. Un testamento nulo puede llevar a la distribución no deseada de bienes y a conflictos familiares.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo