Se requiere que el testador esté en una expedición de guerra para poder otorgar un testamento militar. Este articulo limita el contexto en el que se puede otorgar este tipo de testamento.
ARTíCULO 1043 (DEL ART. 2) Art. 1043. Para testar militarmente será preciso hallarse en una expedición de guerra, que esté actualmente en marcha o campaña contra el enemigo, o en la guarnición de una plaza actualmente sitiada. TESTAR MILITARMENTE TESTAMENTO EXPEDICION DE GUERRA CAMPAÑA MARCHA ENEMIGO PLAZA SITIADA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si se otorga un testamento militar fuera de las condiciones establecidas, podría no ser reconocido, dejando a los herederos sin protección.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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