CC

Artículo 106. Artículo derogado

El artículo 106 ha sido derogado y ya no tiene validez legal.

derogado

Texto Legal

ARTíCULO 106 (DEL ART. 2) Art. 106. Derogado. MAYORIA EDAD DIECIOCHO AÑOS CONSENTIMIENTO MATRIMONIO OBLIGACION

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogación de este artículo significa que las normas sobre la mayoría de edad y el consentimiento en el matrimonio han cambiado, lo que puede afectar la forma en que se realizan los matrimonios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 106 del CC?

El artículo 106 ha sido derogado y ya no tiene validez legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 106 de la CC?

La derogación de este artículo significa que las normas sobre la mayoría de edad y el consentimiento en el matrimonio han cambiado, lo que puede afectar la forma en que se realizan los matrimonios.

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