CC

Artículo 1066. Tipos de asignaciones

Las asignaciones testamentarias deben ser claras y específicas, ya sea a título universal o de especies determinadas. Esto garantiza que las intenciones del testador se respeten y se cumplan adecuadamente.

asignacionestestamentariasclaridad

Texto Legal

ARTíCULO 1066 (DEL ART. 2) Art. 1066. Toda asignación deberá ser o a título universal, o de especies determinadas o que por las indicaciones del testamento puedan claramente determinarse, o de géneros y cantidades que igualmente lo sean o puedan serlo. De otra manera se tendrá por no escrita. Sin embargo, si la asignación se destinare a un objeto de beneficencia expresado en el testamento, sin determinar la cuota, cantidad o especies que hayan de invertirse en él, valdrá la asignación y se determinará la cuota, cantidad o especies, habida consideración a la naturaleza del objeto, a las otras disposiciones del testador, y a las fuerzas del patrimonio, en la parte de que el testador pudo disponer libremente. El juez hará la determinación, oyendo al defensor de obras pías y a los herederos; y conformándose en cuanto fuere posible a la intención del testador. TITULO UNIVERSAL ASIGNACION ESPECIES DETERMINADAS TESTAMENTO TESTADOR PATRIMONIO JUEZ DE LETRAS DEFENSOR DE OBRAS PIAS HEREDEROS DETERMINAR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si las asignaciones no son claras, pueden ser consideradas nulas, lo que puede llevar a que los herederos no reciban lo que el testador deseaba.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1066 del CC?

Las asignaciones testamentarias deben ser claras y específicas, ya sea a título universal o de especies determinadas. Esto garantiza que las intenciones del testador se respeten y se cumplan adecuadamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1066 de la CC?

Si las asignaciones no son claras, pueden ser consideradas nulas, lo que puede llevar a que los herederos no reciban lo que el testador deseaba.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1066 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1066 CC desde tu celular