El articulo reconoce la validez de condiciones relacionadas con el matrimonio y la elección de profesión, incluso si son incompatibles. Esto permite a las personas tomar decisiones sobre su vida personal y profesional sin restricciones.
ARTíCULO 1077 (DEL ART. 2) Art. 1077. La condición de casarse o no casarse con una persona determinada, y la de abrazar un estado o profesión cualquiera, permitida por las leyes, aunque sea incompatible con el estado de matrimonio, valdrán. CONDICION CASAMIENTO MATRIMONIO INCOMPATIBLE PERSONA PROFESION VALIDEZ
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las condiciones impuestas pueden afectar la validez de contratos o acuerdos, por lo que es importante definir claramente las expectativas en cualquier documento legal.
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