El beneficio de inventario limita la responsabilidad de los herederos a la cantidad de bienes heredados. Esto protege a los herederos de deudas excesivas del difunto.
ARTíCULO 1247 (DEL ART. 2) Art. 1247. El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado. BENEFICIO DE INVENTARIO HEREDEROS OBLIGACIONES HEREDITARIAS TESTAMENTARIAS BIENES HEREDADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este beneficio es una herramienta clave para proteger tu patrimonio personal al aceptar una herencia, evitando que tus bienes se vean afectados por deudas del difunto.
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