Los encargos secretos no pueden destinar más de la mitad de los bienes que el testador puede disponer a su arbitrio. Esto protege los derechos de los herederos.
ARTíCULO 1313 (DEL ART. 2) Art. 1313. No se podrá destinar a dichos encargos secretos, más que la mitad de la porción de bienes de que el testador haya podido disponer a su arbitrio. ENCARGOS SECRETOS DESTINAR BIENES MITAD TESTADOR ARBITRIO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este límite es importante para asegurar que la mayoría de los bienes se distribuyan entre los herederos, evitando que el testador desvíe recursos de manera excesiva.
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