La sentencia judicial que rechaza la accion contra el obligado naturalmente no extingue la obligacion natural. Esto significa que la obligacion sigue vigente a pesar del fallo.
ARTíCULO 1471 (DEL ART. 2) Art. 1471. La sentencia judicial que rechaza la acción intentada contra el naturalmente obligado, no extingue la obligación natural. SENTENCIA JUDICIAL RECHAZAR OBLIGACION NATURAL EXTINGUIR
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Incluso si un tribunal rechaza una demanda, la obligacion natural sigue existiendo, lo que puede afectar tus decisiones sobre cobros y pagos.
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