CC

Artículo 1473. Obligacion condicional

El articulo define la obligacion condicional como aquella que depende de un acontecimiento futuro que puede o no suceder. Esto introduce incertidumbre en el cumplimiento.

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Texto Legal

ARTíCULO 1473 (DEL ART. 2) Art. 1473. Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no. OBLIGACION CONDICIONAL CONDICION ACONTECIMIENTO FUTURO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las obligaciones condicionales pueden complicar la planificación financiera, ya que su cumplimiento depende de eventos inciertos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1473 del CC?

El articulo define la obligacion condicional como aquella que depende de un acontecimiento futuro que puede o no suceder. Esto introduce incertidumbre en el cumplimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1473 de la CC?

Las obligaciones condicionales pueden complicar la planificación financiera, ya que su cumplimiento depende de eventos inciertos.

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