CC

Artículo 1548. Obligacion de dar

La obligación de dar incluye la entrega de la cosa y su conservación hasta la entrega, con responsabilidad por daños si no se cumple.

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Texto Legal

ARTíCULO 1548 (DEL ART. 2) Art. 1548. La obligación de dar contiene la de entregar la cosa; y si ésta es una especie o cuerpo cierto, contiene además la de conservarlo hasta la entrega, so pena de pagar los perjuicios al acreedor que no se ha constituido en mora de recibir.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo implica que debes cuidar adecuadamente los bienes que debes entregar, ya que cualquier daño podría resultar en costos adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1548 del CC?

La obligación de dar incluye la entrega de la cosa y su conservación hasta la entrega, con responsabilidad por daños si no se cumple.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1548 de la CC?

Este articulo implica que debes cuidar adecuadamente los bienes que debes entregar, ya que cualquier daño podría resultar en costos adicionales.

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