El deudor debe elegir entre solicitar alimentos o el beneficio de competencia, no pudiendo pedir ambos simultáneamente. Esta decisión puede afectar la estrategia financiera del deudor.
ARTíCULO 1627 (DEL ART. 2) Art. 1627. No se pueden pedir alimentos y beneficio de competencia a un mismo tiempo. El deudor elegirá.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Evalúa cuidadosamente tus necesidades antes de tomar esta decisión, ya que elegir uno puede limitar tus opciones en el futuro.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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