CC

Artículo 1644. Renovacion de garantias

Las prendas e hipotecas pueden renovarse bajo las mismas formalidades que si se constituyesen por primera vez, asegurando su validez.

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Texto Legal

ARTíCULO 1644 (DEL ART. 2) Art. 1644. En los casos y cuantía en que no puede tener efecto la reserva, podrán renovarse las prendas e hipotecas; pero con las mismas formalidades que si se constituyesen por primera vez, y su fecha será la que corresponda a la renovación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta renovacion de garantias es esencial para mantener la seguridad en las transacciones, evitando la perdida de derechos sobre bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1644 del CC?

Las prendas e hipotecas pueden renovarse bajo las mismas formalidades que si se constituyesen por primera vez, asegurando su validez.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1644 de la CC?

La correcta renovacion de garantias es esencial para mantener la seguridad en las transacciones, evitando la perdida de derechos sobre bienes.

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