El articulo 1784 indica que la mujer que renuncia mantiene sus derechos y obligaciones sobre recompensas e indemnizaciones. Esto asegura que no pierde todos sus derechos tras la renuncia.
ARTíCULO 1784 (DEL ART. 2) Art. 1784. La mujer que renuncia conserva sus derechos y obligaciones a las recompensas e indemnizaciones arriba expresadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aunque renuncies a los gananciales, aún puedes tener derechos sobre indemnizaciones, lo que puede ser una ventaja en negociaciones futuras.
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