El vendedor está obligado a entregar exactamente lo que se estipula en el contrato de venta. Esto asegura claridad y cumplimiento en la transacción.
ARTíCULO 1828 (DEL ART. 2) Art. 1828. El vendedor es obligado a entregar lo que reza el contrato.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cualquier desviacion en la entrega puede generar conflictos y reclamaciones, afectando la relacion comercial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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