CC

Artículo 1895. Restitucion de la cosa

El comprador que deba restituir la cosa debe purificarla de hipotecas u otros derechos reales. Esto asegura que la cosa se entregue en condiciones adecuadas.

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Texto Legal

ARTíCULO 1895 (DEL ART. 2) Art. 1895. El comprador que se halle en el caso de restituir la cosa, deberá previamente purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en ella.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que el comprador se asegure de que la cosa esté libre de cargas antes de la restitución, para evitar complicaciones legales posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1895 del CC?

El comprador que deba restituir la cosa debe purificarla de hipotecas u otros derechos reales. Esto asegura que la cosa se entregue en condiciones adecuadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1895 de la CC?

Es fundamental que el comprador se asegure de que la cosa esté libre de cargas antes de la restitución, para evitar complicaciones legales posteriores.

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