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Artículo 1897. Definicion de permutacion

Define la permutación o cambio como un contrato donde las partes se obligan a dar una especie por otra. Es fundamental para entender este tipo de transacciones.

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Texto Legal

ARTíCULO 1897 (DEL ART. 2) Art. 1897. La permutación o cambio es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender la definición de permutación es clave para realizar transacciones de cambio de bienes de manera legal y efectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1897 del CC?

Define la permutación o cambio como un contrato donde las partes se obligan a dar una especie por otra. Es fundamental para entender este tipo de transacciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1897 de la CC?

Entender la definición de permutación es clave para realizar transacciones de cambio de bienes de manera legal y efectiva.

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