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Artículo 2025. Capital en el censo

El capital de un censo debe ser siempre en dinero; sin este requisito, no habrá constitución válida. Este artículo es fundamental para la validez de los acuerdos de censo.

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Texto Legal

ARTíCULO 2025 (DEL ART. 2) Art. 2025. El capital deberá siempre consistir o estimarse en dinero. Sin este requisito no habrá constitución de censo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se cumple con el requisito del capital en dinero, el censo no será válido, lo que puede generar pérdidas económicas y conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2025 del CC?

El capital de un censo debe ser siempre en dinero; sin este requisito, no habrá constitución válida. Este artículo es fundamental para la validez de los acuerdos de censo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2025 de la CC?

Si no se cumple con el requisito del capital en dinero, el censo no será válido, lo que puede generar pérdidas económicas y conflictos legales.

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