El poder especial para vender incluye la facultad de recibir el precio de la venta. Este aspecto es crucial para asegurar que las transacciones se realicen correctamente.
ARTíCULO 2142 (DEL ART. 2) Art. 2142. El poder especial para vender comprende la facultad de recibir el precio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No tener claridad en este poder puede llevar a disputas sobre la recepción de pagos, afectando tu flujo de efectivo.
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