Las disposiciones sobre la responsabilidad del posadero también aplican a administradores de otros establecimientos como fondas y cafés. Esto amplía la protección legal.
ARTíCULO 2248 (DEL ART. 2) Art. 2248. Lo dispuesto en los artículos precedentes se aplica a los administradores de fondas, cafés, casas de billar o de baños, y otros establecimientos semejantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si manejas un establecimiento similar, debes estar consciente de que las mismas reglas de responsabilidad aplican. Esto puede influir en cómo gestionas los riesgos y las reclamaciones de tus clientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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