Este articulo establece que los creditos de la cuarta clase prefieren segun las fechas de sus causas, lo que es clave para la distribucion de activos. Esto afecta el orden de pago en un concurso.
ARTíCULO 2482 (DEL ART. 2) Art. 2482. Los créditos enumerados en el artículo precedente prefieren indistintamente unos a otros según las fechas de sus causas; es a saber: La fecha del nombramiento de administradores y recaudadores respecto de los créditos de los números 1.º y 2.º; La del respectivo matrimonio en los créditos de los números 3.º y 6.º; La del nacimiento del hijo en los del número 4.º; La del discernimiento de la tutela o curatela en los del número 5.º.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender la preferencia por fechas le permitira evaluar mejor sus posibilidades de cobro en caso de que existan varios acreedores en la misma categoria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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