CC

Artículo 3. Interpretacion de la ley

El legislador es el unico que puede interpretar la ley de manera obligatoria, mientras que las sentencias judiciales solo aplican a casos concretos. Este articulo delimita el alcance de las interpretaciones legales.

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Texto Legal

ARTíCULO 3 (DEL ART. 2) Art. 3º. Sólo toca al legislador explicar o interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio. Las sentencias judiciales no tienen fuerza obligatoria sino respecto de las causas en que actualmente se pronunciaren. LEY INTERPRETACION LEGISLADOR SENTENCIAS JUDICIALES CAUSAS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las decisiones judiciales no crean precedentes obligatorios, lo que puede generar incertidumbre en la aplicacion de la ley en casos similares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del CC?

El legislador es el unico que puede interpretar la ley de manera obligatoria, mientras que las sentencias judiciales solo aplican a casos concretos. Este articulo delimita el alcance de las interpretaciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la CC?

Las decisiones judiciales no crean precedentes obligatorios, lo que puede generar incertidumbre en la aplicacion de la ley en casos similares.

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