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Artículo 45. Fuerza mayor y caso fortuito

El articulo define la fuerza mayor y el caso fortuito como eventos imprevistos que no se pueden resistir. Ejemplos incluyen naufragios, terremotos y actos de autoridad.

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Texto Legal

ARTíCULO 45 (DEL ART. 2) Art. 45. Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc. IMPREVISTO FUERZA MAYOR CASO FORTUITO APRESAMIENTO ENEMIGO ACTOS AUTORIDAD

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer esta definicion es vital para evaluar la responsabilidad en contratos, ya que un evento de fuerza mayor puede eximir de obligaciones. Ignorar esto puede llevar a incumplimientos y sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del CC?

El articulo define la fuerza mayor y el caso fortuito como eventos imprevistos que no se pueden resistir. Ejemplos incluyen naufragios, terremotos y actos de autoridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la CC?

Conocer esta definicion es vital para evaluar la responsabilidad en contratos, ya que un evento de fuerza mayor puede eximir de obligaciones. Ignorar esto puede llevar a incumplimientos y sanciones.

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