Los árboles en la cerca medianera son considerados medianeros y pueden ser derribados si causan daño. Este artículo regula la propiedad y el manejo de árboles en propiedades colindantes.
ARTíCULO 859 (DEL ART. 2) Art. 859. Los árboles que se encuentran en la cerca medianera, son igualmente medianeros; y lo mismo se extiende a los árboles cuyo tronco está en la línea divisoria de dos heredades, aunque no haya cerramiento intermedio. Cualquiera de los dos condueños puede exigir que se derriben dichos árboles, probando que de algún modo le dañan; y si por algún accidente se destruyen, no se repondrán sin su consentimiento. CERCA MEDIANERA ARBOLES MEDIANEROS LINEA DIVISORIA DERRIBAMIENTO DAÑO PROPIEDAD CONSENTIMIENTO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer este derecho permite a los propietarios actuar ante problemas causados por árboles, pero también implica que deben demostrar el daño para tomar acción.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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