CC

Artículo 867. Articulo 867 Derogado

El articulo 867 ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Esto significa que no se aplica en la actualidad.

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Texto Legal

ARTíCULO 867 (DEL ART. 2) Art. 867. Derogado. SUPRIMIDO DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Al estar derogado, este articulo no genera riesgos ni obligaciones para los contribuyentes o propietarios de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 867 del CC?

El articulo 867 ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Esto significa que no se aplica en la actualidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 867 de la CC?

Al estar derogado, este articulo no genera riesgos ni obligaciones para los contribuyentes o propietarios de bienes.

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