Este artículo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Su eliminación puede afectar la interpretación de normas relacionadas.
ARTíCULO 945 (DEL ART. 2) Art. 945. Derogado. SUPRIMIDO DEROGADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al igual que el artículo anterior, su derogación puede cambiar la dinámica de ciertos procesos legales, por lo que es esencial revisar las nuevas disposiciones.
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