Este articulo establece penas para delitos frustrados y tentativas, asegurando que incluso intentos de traición sean castigados. La ley busca disuadir acciones delictivas.
ART. 111. En los casos de los cinco artículos precedentes el delito frustrado se castiga como si fuera consumado, la tentativa con la pena inferior en un grado a la señalada para el delito, la conspiración con la inferior en dos grados y la proposición con la de presidio menor en cualquiera de sus grados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Incluso los intentos de cometer delitos graves pueden resultar en penas significativas. Esto implica que cualquier plan o conspiración debe ser evitado a toda costa.
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