Las acciones que, si se cometieran con dolo, serían delitos, se consideran cuasidelitos si solo hay culpa. Se establece una distinción importante en la responsabilidad.
ART. 2. Las acciones u omisiones que cometidas con dolo o malicia importarían un delito, constituyen cuasidelito si sólo hay culpa en el que las comete.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo permite entender la diferencia entre delitos y cuasidelitos, lo que puede ser crucial para la defensa en casos de negligencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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