CP

Artículo 373. Ofensas al pudor

Este articulo penaliza a quienes ofenden el pudor o buenas costumbres con actos de escandalo. Las penas varian de reclusion menor en grados minimo a medio.

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Texto Legal

ART. 373. Los que de cualquier modo ofendieren el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia, no comprendidos expresamente en otros artículos de este Código, sufrirán la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aunque este articulo puede parecer menor, ofensas al pudor pueden generar repercusiones sociales y legales significativas. Es recomendable evitar cualquier conducta que pueda ser interpretada como escandalosa para prevenir problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 373 del CP?

Este articulo penaliza a quienes ofenden el pudor o buenas costumbres con actos de escandalo. Las penas varian de reclusion menor en grados minimo a medio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 373 de la CP?

Aunque este articulo puede parecer menor, ofensas al pudor pueden generar repercusiones sociales y legales significativas. Es recomendable evitar cualquier conducta que pueda ser interpretada como escandalosa para prevenir problemas legales.

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