CP

Artículo 379. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. No se aplican sanciones ni disposiciones de este articulo.

derogadovalidezsanciones

Texto Legal

ART. 379. Derogado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Al estar derogado, este articulo no tiene implicaciones legales actuales. Es importante revisar la legislación vigente para evitar confusiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 379 del CP?

Este articulo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. No se aplican sanciones ni disposiciones de este articulo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 379 de la CP?

Al estar derogado, este articulo no tiene implicaciones legales actuales. Es importante revisar la legislación vigente para evitar confusiones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 379 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 379 CP desde tu celular