CP

Artículo 411. Definición de familia para alimentos

Se define familia como todas las personas con derecho a solicitar alimentos al ofendido. Esto amplía la responsabilidad del ofensor hacia más personas.

familiaalimentosresponsabilidad

Texto Legal

ART. 411. Para los efectos del artículo anterior se entiende por familia todas las personas que tienen derecho a pedir alimentos al ofendido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El concepto amplio de familia puede incrementar tus obligaciones económicas, afectando tu situación financiera si incurres en delitos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 411 del CP?

Se define familia como todas las personas con derecho a solicitar alimentos al ofendido. Esto amplía la responsabilidad del ofensor hacia más personas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 411 de la CP?

El concepto amplio de familia puede incrementar tus obligaciones económicas, afectando tu situación financiera si incurres en delitos.

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