Este articulo establece que el tribunal determinará la cuantía de la pena considerando las circunstancias del delito y la condición de la víctima. Se busca una aplicación equitativa de la justicia.
ART. 69. Dentro de los límites de cada grado el tribunal determinará la cuantía de la pena en atención al número y entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes y a la mayor o menor extensión del mal producido por el delito, teniendo en especial consideración la circunstancia de ser la víctima un menor de 18 años, un adulto mayor, según lo dispuesto por la ley Nº 19.828, o una persona con discapacidad en los términos de la ley Nº 20.422.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La consideración de la condición de la víctima puede ser un factor determinante en la pena. No tener esto en cuenta puede llevar a una evaluación errónea de la situación.
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