Una entidad reconocerá un activo con respecto a los impuestos, que incluyen otras contribuciones y gravámenes obligatorios, cuando se produzca el hecho imponible, u otro evento que dé lugar a otras contribuciones y gravámenes obligatorios, y se cumplan los criterios de reconocimiento del activo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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