NICSP 47

Artículo 74. NICSP 47 — Párrafo 74

Texto Legal

Una entidad determina si la parte que recibe el bien o servicio es ella misma, el suministrador de recursos (comprador) o un tercero beneficiario especificado, considerando la naturaleza de su obligación de cumplimiento. (a) En una obligación de cumplimiento en la que una entidad promete utilizar recursos internamente para un bien o servicio distinto, la propia entidad es la destinataria de los bienes o servicios. (b) En una obligación de cumplimiento en la que una entidad se compromete a utilizar recursos para transferir un bien o servicio distinto a un comprador o a un tercero beneficiario, el destinatario de los bienes o servicios es el comprador o el tercero beneficiario. Véase el párrafo GA27 para obtener una guía adicional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del NICSP 47?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 74 del NICSP 47?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 74 NICSP 47 desde tu celular