NICSP 47

Artículo FC129. NICSP 47 — Párrafo FC129

Texto Legal

La determinación del precio de venta independiente en la NIIF 15 se basa en gran medida en el precio al que una entidad vendería un bien o servicio comprometido por separado a un cliente. El IPSASB destacó que, en el sector público, la determinación del valor independiente puede ser un reto en situaciones en las que una entidad está proporcionando bienes o servicios a terceros beneficiarios sin contraprestación, y algunos pueden interpretar que los requerimientos para la determinación del valor independiente solo consideran los importes recibidos directamente de la parte que recibe los bienes o servicios. Para abordar la cuestión, el IPSASB añadió una guía en el párrafo GA110, que señala que el valor independiente en tales situaciones se estimará sobre la base del importe que el suministrador de recursos necesitaría pagar en términos de mercado para adquirir los

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo FC129 del NICSP 47?

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