El articulo define la donacion revocable y establece su equivalencia con la donacion por causa de muerte y la donacion entre vivos. Es fundamental entender estas clasificaciones para determinar los derechos y obligaciones de las partes involucradas.
ARTíCULO 1136 (DEL ART. 2) Art. 1136. Donación revocable es aquella que el donante puede revocar a su arbitrio. Donación por causa de muerte es lo mismo que donación revocable; y donación entre vivos, lo mismo que donación irrevocable. DONACION REVOCABLE DONANTE REVOCAR ARBITRIO DONACION POR CAUSA DE MUERTE DONACION ENTRE VIVOS DONACION IRREVOCABLE
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer la diferencia entre donaciones revocables e irrevocables es crucial para planificar la sucesion y evitar conflictos legales en el futuro.
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