CC

Artículo 1387. Capacidad para donar

Cualquier persona que no haya sido declarada inhábil por la ley puede realizar donaciones entre vivos. Esto establece un marco legal para la capacidad de donar.

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Texto Legal

ARTíCULO 1387 (DEL ART. 2) Art. 1387. Es hábil para donar entre vivos toda persona que la ley no haya declarado inhábil. DONACION ENTRE VIVOS PERSONA HABIL INHABIL LEY

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante verificar la capacidad legal de una persona antes de aceptar una donacion, ya que una donacion invalida puede generar conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1387 del CC?

Cualquier persona que no haya sido declarada inhábil por la ley puede realizar donaciones entre vivos. Esto establece un marco legal para la capacidad de donar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1387 de la CC?

Es importante verificar la capacidad legal de una persona antes de aceptar una donacion, ya que una donacion invalida puede generar conflictos legales.

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