Un contrato es un acuerdo mediante el cual una parte se obliga a realizar una acción en beneficio de otra. Este concepto es esencial en la regulación de relaciones comerciales.
ARTíCULO 1438 (DEL ART. 2) Art. 1438. Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas. CONTRATO CONVENCION OBLIGACION
Interpretación práctica por el equipo de SDV
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