CC

Artículo 1476. Condiciones negativas

Si la condicion negativa es de una cosa fisicamente imposible, la obligacion es pura y simple. Si implica un hecho inmoral, vicia la disposicion.

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Texto Legal

ARTíCULO 1476 (DEL ART. 2) Art. 1476. Si la condición es negativa de una cosa físicamente imposible, la obligación es pura y simple; si consiste en que el acreedor se abstenga de un hecho inmoral o prohibido, vicia la disposición. CONDICION NEGATIVA COSA FISICAMENTE IMPOSIBLE OBLIGACION PURA SIMPLE ACREEDOR HECHO INMORAL ABSTENERSE VICIO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las condiciones negativas pueden simplificar las obligaciones, pero si están ligadas a hechos inmorales, pueden invalidar el contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1476 del CC?

Si la condicion negativa es de una cosa fisicamente imposible, la obligacion es pura y simple. Si implica un hecho inmoral, vicia la disposicion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1476 de la CC?

Las condiciones negativas pueden simplificar las obligaciones, pero si están ligadas a hechos inmorales, pueden invalidar el contrato.

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