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Artículo 1592. Controversia sobre la deuda

El articulo 1592 permite que el juez ordene el pago de la cantidad no disputada en caso de controversia sobre la deuda. Esto proporciona un mecanismo para resolver disputas rápidamente.

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Texto Legal

ARTíCULO 1592 (DEL ART. 2) Art. 1592. Si hay controversia sobre la cantidad de la deuda, o sobre sus accesorios, podrá el juez ordenar, mientras se decide la cuestión, el pago de la cantidad no disputada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si hay desacuerdos sobre la cantidad adeudada, este artículo te permite seguir cumpliendo con parte de la obligación, evitando así mayores complicaciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1592 del CC?

El articulo 1592 permite que el juez ordene el pago de la cantidad no disputada en caso de controversia sobre la deuda. Esto proporciona un mecanismo para resolver disputas rápidamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1592 de la CC?

Si hay desacuerdos sobre la cantidad adeudada, este artículo te permite seguir cumpliendo con parte de la obligación, evitando así mayores complicaciones legales.

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