El articulo 168 ha sido derogado, lo que implica que ya no tiene aplicación en el contexto legal actual. Esto puede simplificar la normativa vigente.
ARTíCULO 168 (DEL ART. 2) Art. 168. Derogado. DEROGADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La derogación puede ser una oportunidad para revisar y actualizar acuerdos patrimoniales sin la carga de normativas obsoletas.
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