Se pueden vender todas las cosas cuya enajenación no esté prohibida por ley. Esto establece un marco legal claro para las transacciones comerciales.
ARTíCULO 1810 (DEL ART. 2) Art. 1810. Pueden venderse todas las cosas corporales o incorporales, cuya enajenación no esté prohibida por ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer qué bienes puedes vender te ayuda a evitar problemas legales y a maximizar las oportunidades de negocio.
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