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Artículo 1915. Definicion de arrendamiento

El arrendamiento es un contrato donde ambas partes se obligan recíprocamente a conceder y pagar por el uso de una cosa. Esto establece las bases para los contratos de arrendamiento.

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Texto Legal

ARTíCULO 1915 (DEL ART. 2) Art. 1915. El arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las obligaciones en un contrato de arrendamiento es esencial para evitar incumplimientos y posibles litigios entre arrendador y arrendatario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1915 del CC?

El arrendamiento es un contrato donde ambas partes se obligan recíprocamente a conceder y pagar por el uso de una cosa. Esto establece las bases para los contratos de arrendamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1915 de la CC?

Conocer las obligaciones en un contrato de arrendamiento es esencial para evitar incumplimientos y posibles litigios entre arrendador y arrendatario.

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