CC

Artículo 2014. Obligaciones del acarreador

Este articulo establece que las obligaciones impuestas al acarreador también son aplicables al empresario de transportes, quien es responsable de la conducta de sus empleados.

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Texto Legal

ARTíCULO 2014 (DEL ART. 2) Art. 2014. Las obligaciones que aquí se imponen al acarreador, se entienden impuestas al empresario de transportes, como responsable de la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Como empresario de transportes, debes asegurarte de que tus empleados cumplan con las obligaciones para evitar responsabilidades legales por sus acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2014 del CC?

Este articulo establece que las obligaciones impuestas al acarreador también son aplicables al empresario de transportes, quien es responsable de la conducta de sus empleados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2014 de la CC?

Como empresario de transportes, debes asegurarte de que tus empleados cumplan con las obligaciones para evitar responsabilidades legales por sus acciones.

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