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Artículo 2039. Redención sin deudas

El artículo 2039 establece que el censuario sin deudas puede redimir el censo en cualquier momento. Esto proporciona flexibilidad al propietario para manejar sus obligaciones.

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Texto Legal

ARTíCULO 2039 (DEL ART. 2) Art. 2039. El censuario que no debe cánones atrasados, puede redimir el censo cuando quiera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aprovechar esta disposición permite al censuario liberar su carga financiera cuando lo considere conveniente, mejorando su liquidez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2039 del CC?

El artículo 2039 establece que el censuario sin deudas puede redimir el censo en cualquier momento. Esto proporciona flexibilidad al propietario para manejar sus obligaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2039 de la CC?

Aprovechar esta disposición permite al censuario liberar su carga financiera cuando lo considere conveniente, mejorando su liquidez.

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