Si un socio contribuye solo con su trabajo, el juez fijará su cuota en los beneficios si no hay acuerdo previo. Esto protege a los socios que aportan trabajo, pero puede generar incertidumbre en la distribución.
ARTíCULO 2069 (DEL ART. 2) Art. 2069. Si uno de los socios contribuyere solamente con su industria, servicio o trabajo, y no hubiere estipulación que determine su cuota en los beneficios sociales, se fijará esta cuota en caso necesario por el juez; y si ninguna estipulación determinare la cuota que le quepa en las pérdidas, se entenderá que no le cabe otra que la de dicha industria, trabajo o servicio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegúrate de documentar claramente las aportaciones de trabajo para evitar que un juez decida sobre tu cuota, lo que podría no ser favorable.
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