CC

Artículo 2069. Cuota de beneficios por trabajo

Si un socio contribuye solo con su trabajo, el juez fijará su cuota en los beneficios si no hay acuerdo previo. Esto protege a los socios que aportan trabajo, pero puede generar incertidumbre en la distribución.

trabajobeneficiossociedades

Texto Legal

ARTíCULO 2069 (DEL ART. 2) Art. 2069. Si uno de los socios contribuyere solamente con su industria, servicio o trabajo, y no hubiere estipulación que determine su cuota en los beneficios sociales, se fijará esta cuota en caso necesario por el juez; y si ninguna estipulación determinare la cuota que le quepa en las pérdidas, se entenderá que no le cabe otra que la de dicha industria, trabajo o servicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegúrate de documentar claramente las aportaciones de trabajo para evitar que un juez decida sobre tu cuota, lo que podría no ser favorable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2069 del CC?

Si un socio contribuye solo con su trabajo, el juez fijará su cuota en los beneficios si no hay acuerdo previo. Esto protege a los socios que aportan trabajo, pero puede generar incertidumbre en la distribución.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2069 de la CC?

Asegúrate de documentar claramente las aportaciones de trabajo para evitar que un juez decida sobre tu cuota, lo que podría no ser favorable.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2069 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2069 CC desde tu celular