Lo favorable u odioso de una disposición no influye en su interpretación. La extensión de la ley se determina por su genuino sentido y reglas de interpretación.
ARTíCULO 23 (DEL ART. 2) Art. 23. Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley, se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes. LEY SENTIDO INTERPRETACION REGLAS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece que la interpretación debe ser objetiva, lo que puede ser beneficioso o perjudicial dependiendo de la disposición en cuestión, afectando directamente tus derechos.
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