En casos donde no se aplican reglas de interpretación, los pasajes obscuros se interpretan conforme al espíritu general de la legislación y la equidad natural.
ARTíCULO 24 (DEL ART. 2) Art. 24. En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes obscuros o contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural. LEY INTERPRETACION ESPIRITU LEGISLACION EQUIDAD NATURAL
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo permite una interpretación más flexible en situaciones ambiguas, lo que puede ser ventajoso si se busca una solución equitativa en conflictos legales.
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