CC

Artículo 2324. Vicios de construcción

La responsabilidad por daños causados por la ruina de un edificio debido a vicios de construcción se rige por normas específicas. Esto implica que el constructor puede ser responsable si se demuestra el vicio.

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Texto Legal

ARTíCULO 2324 (DEL ART. 2) Art. 2324. Si el daño causado por la ruina de un edificio proviniere de un vicio de construcción, tendrá lugar la responsabilidad prescrita en la regla 3.a del artículo 2003.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los propietarios deben asegurarse de que las construcciones cumplan con las normas para evitar responsabilidades. Los vicios pueden llevar a demandas y a la pérdida de confianza en el constructor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2324 del CC?

La responsabilidad por daños causados por la ruina de un edificio debido a vicios de construcción se rige por normas específicas. Esto implica que el constructor puede ser responsable si se demuestra el vicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2324 de la CC?

Los propietarios deben asegurarse de que las construcciones cumplan con las normas para evitar responsabilidades. Los vicios pueden llevar a demandas y a la pérdida de confianza en el constructor.

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