El fiador que paga más de lo que le corresponde se subroga en los derechos del acreedor contra los cofiadores. Esto le permite recuperar el exceso pagado de otros fiadores.
ARTíCULO 2378 (DEL ART. 2) Art. 2378. El fiador que paga más de lo que proporcionalmente le corresponde, es subrogado por el exceso en los derechos del acreedor contra los cofiadores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si pagas más de tu parte, este articulo te permite recuperar el exceso de tus cofiadores. Mantén un registro claro de los pagos para facilitar este proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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