El contrato de anticresis se perfecciona con la entrega del inmueble al acreedor. Esto establece los derechos y obligaciones de ambas partes.
ARTíCULO 2437 (DEL ART. 2) Art. 2437. El contrato de anticresis se perfecciona por la tradición del inmueble.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La entrega del inmueble es un paso crítico; asegúrate de que se realice formalmente para evitar disputas sobre la propiedad en el futuro.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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